Tema 3. Compromisos de los y las adolescentes ante el futuro

Tema 3. Compromisos de los y las adolescentes ante el futuro 
Uno de los principales compromisos que uno adquiere en la adolescencia es el de su salud reproductiva. Ya sabemos que todos tenemos derecho a decidir de forma informada responsable y libre sobre cuántas veces queremos procrear, y este entre otros derechos sexuales.
Antes de tomar cualquier decisión al respecto debes conocer bien tu cuerpo y analizar bien las consecuencias que puede generar iniciar tu vida sexual y reproductiva.
Sea la decisión que sea que tomes debes de estar consciente e informado y comprometerte contigo mismo de forma responsable.
Espacios-compartidos.
Los adolescentes como grupo de riesgo
Los adolescentes son los mayores involucrados en la actividad sexual por eso mismo son grupos de riesgo, y a lo que nos referimos con eso es a que son mas propensos a contraer enfermedades o a quedar (en el caso de la mujeres) embarazada, por eso son mas de riesgo los adolescentes y suelen serlo por razones como son:
La falta de información sobre el tema
No ocupar anticonseptivos
La falta de acceso a servicios medicos apropiados
La falta de consiencia y el echo de no pensar en la consecuencias
Los que mas puedes resolver este tema son las entidades federativas y el gobierno. Se debe de propagar la información a las escuelas y consientizar a los Jovenes sobre la sexualidad, ya que la mayoria de los jovenes inician su vida sexual antes de los 20 años.

Condiciones que disminuyen y evitan los riesgos en adolescentes
La salud reproductiva y el ambiente social pueden ayudar a evitar los riesgos de un embarazo o de contraer I.T.S. , también con ayuda de la educación o de las platicas entre padres, se logra ademas de una estrecha relación entre familiares, se crea una gran ayuda a concientisarte o a darte un apoyo si llegas a estar en una situación como un embarazo.
todo esto te ayuda a evitar o saber que hacer en caso de verse en riesgo de abuso, de violación o coerción sexual y también te ayudan a hacer el mejor uso posible de la información sobre salud reproductiva.


  DERECHOS HUMANOS
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de 500 idiomas.
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.


Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

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